Alerta 12: Accidente mortal por asfixia en el interior de una arqueta que regula una balsa de purines

Junio 2022

Descripción del accidente:

Periódicamente ocurren accidentes, en muchos casos mortales, por intoxicación y/o asfixia en espacios confinados.

Un primer trabajador/a accede al espacio confinado, pierde el conocimiento y sus compañeros/as, al darse cuenta de su estado, entran a rescatarlo, sufriendo los mismos efectos sobre su salud.

Para evitar este tipo de accidentes es indispensable que el personal sepa identificar que se trata de un espacio confinado, conozca sus riesgos, así como las medidas preventivas y de emergencia a adoptar.

Espacio confinado

Se define como un recinto con aberturas limitadas de entrada y salida y ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables o puede haber una atmósfera deficiente en oxígeno, y que no está concebido para su ocupación continuada por los trabajadores (art. 22 bis del Real Decreto 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención).

Son ejemplos de espacios confinados: pozos, fosos, depósitos, tanques, cisternas, arquetas, alcantarillas, galerías subterráneas…

El acceso a estos espacios es esporádico y para intervenciones puntuales (revisiones, limpiezas, mantenimientos, reparaciones…).

Como en toda actividad laboral, antes de su realización hay que identificar y evaluar los riesgos y adoptar las medidas de prevención y protección necesarias

Riesgos

Destacar, por su gravedad, los riesgos de intoxicación y/o asfixia que pueden existir en los espacios confinados: su reducido volumen y una ventilación insuficiente favorece la acumulación de humos y gases.

Su origen puede deberse a procesos biológicos (fermentaciones) o combustiones (calderas, motores…) que producen distintos gases (dióxido de carbono, CO2; monóxido de carbono, CO; amoníaco, NH3; sulfuro de hidrógeno, SH2; metano, CH4, etc.) que son tóxicos y/o asfixiantes (porque desplazan el oxígeno del aire).

Permanecer en un ambiente con la presencia de estos gases, tan solo unos pocos segundos, ocasiona daños a la salud, pérdida de conocimiento e, incluso, la muerte.

En los espacios confinados pueden existir también otros riesgos: caídas, golpes, posturas forzadas, contacto eléctrico, ruido, calor/frío, incendio/explosión…

Medidas de prevención y protección

A.- PREVIAS A CUALQUIER INTERVENCIÓN

  • La empresa debe tener identificados los espacios confinados existentes en sus lugares de trabajo.
  • Se impedirá el acceso a toda persona que no cuente con permiso para ello.
  • A ser posible, el acceso estará cerrado con llave.
  • El punto de acceso a un espacio confinado debe estar señalizado.

 

          Las tareas en espacios confinados no se deben improvisar: deben estar planificadas con antelación. Antes de acceder a un espacio confinado, la tarea a realizar debe estar evaluada, evaluación que incluirá las medidas a adoptar.

 

B.- AL PLANIFICAR UNA INTERVENCIÓN

  • Se evitará acceder al espacio confinado, efectuando los trabajos desde el exterior.
  • Se redactará un procedimiento de trabajo para cada tipo de intervención, que:
    •  incluirá las tareas a realizar y las medidas de prevención y protección,
    •  será conocido por los intervinientes,
    •  deberá ensayarse con antelación,
    •  incluirá un cuestionario de comprobación y
    •  contemplará medidas de emergencia (rescate, primeros auxilios y comunicación a medios externos).
  • Las personas trabajadoras que vayan a participar en la tarea deben contar con formación e información específica, teórica y práctica, sobre los riesgos, las medidas a adoptar y el procedimiento a seguir.

 

         

Únicamente accederán a un espacio confinado las personas trabajadoras que cuenten con el permiso escrito de su responsable para cada intervención concreta.

 

C.- CUANDO HAYA QUE ACCEDER AL ESPACIO CONFINADO

  • La tarea contará con la presencia de un Recurso Preventivo que vigile el cumplimiento del procedimiento de trabajo y de las actividades preventivas.
  • Antes de acceder al espacio confinado, desde el exterior, se comprobará mediante medidor (de gases y oxígeno, O2) que su ambiente interior es “respirable” (20 - 21 % de oxígeno y ausencia de los gases antes citados).
  • Mientras permanezca en el interior del espacio confinado, el trabajador portará un medidor (de gases y oxígeno) que, mediante alarma óptica y acústica, avise sobre la detección de tales gases o del déficit de oxígeno.
  • Se valorará la necesidad de ventilar mecánicamente el espacio confinado (dispositivos de aporte o extracción de aire) previo al acceso y mientras se permanezca en su interior, en especial para intervenciones que puedan prolongarse.
  • Las personas trabajadoras que accedan al espacio confinado portarán en todo momento arnés unido con cuerda de seguridad a trípode o sistema de rescate.
  • Se garantizará comunicación continua entre el personal que permanezca en el interior y en el exterior.

 

         

El rescate de un compañero que muestre síntomas de desorientación o pérdida de conocimiento sólo se llevará a cabo por personal instruido al efecto y que cuente con un equipo de protección respiratoria aislante autónomo (máscara completa y botella de aire comprimido).

 

 Para más información, se puede consultar el apéndice 1 de la Guía Técnica elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo sobre el Real Decreto 486/1997, de lugares de trabajo.